Encaso de incumplimiento o inobservancia de las condiciones, imposiciones o instrucciones, se comunicará al tribunal que otorgó la suspensión del proceso a prueba, que previa audiencia con el/la imputado/a, resolverá acerca de la revocatoria o subsistencia del beneficio. Ciudad Autónoma de Buenos Aires Artículo
ProcesalPenal de la Provincia de Buenos Aires. Por su parte, las normas 13.260 y 13.943 establecieron diversas modificaciones a la regulación legal citada. Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires”, pp. 143-144, Del Puerto, Buenos Aires, 2011). 5
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Envirtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma. de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 5.261 (Expediente Electrónico N° EX-2015-06724263-MGEYA-DGALE), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de. Buenos Aires en su sesión del día 09 de abril de 2015 ha quedado automáticamente
BUENOSAIRES Buenos Aires, 29 de marzo de 2007 La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley: Artículo 1° - Apruébase como N 6.025 y 6.115, el Código Procesal Penal de la Ciudad de Buenos Aires, el Decreto. de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97 (texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto. 53/17, Decreto 458-AJG/19, el EE N° 17564434-GCABA-SECJS/20, y. CONSIDERANDO: Que entre el Estado Nacional y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
CódigoProcesal Penal Ciudad de Buenos Aires Artículo 271. Efectos. Adhesión. Quien tenga derecho a recurrir podrá adherir, dentro del término de emplazamiento, al recurso concedido a otro, en la medida y con los alcances que incumban al recurrente originario. Ciudad Autónoma de Buenos Aires Artículo 271 Código
iopAy. 206 66 306 287 372 212 387 156 20

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